29/10/13

PGJ considera a Presidenta Municipal de Alvarado, autorsa intelectual del homicidio de su Secretario.


La Procuraduría General de Justicia del Estado solicitó al Congreso de Veracruz, iniciar el proceso de desafuero de la presidenta municipal de Alvarado, Sara Herrera Cano, al considerarla autora intelectual del homicidio de su secretario particular, Michel Martínez Corro.

Viernes 25 de Octubre del 2013.
 
Por versiones de Luz del Carmen Santiago García, empleada municipal del ayuntamiento de Alvarado, detenida la tarde y noche del sábado por elementos de la Agencia Veracruzana de Investigaciones (AVI), por instrucciones del edil, contactó a dos malandros para que realizaran “el trabajo especial”, citó una fuente.

Fue la propia alcaldesa la que “puso” a su secretario particular, Michel Martínez al enviarlo a una diligencia extraordinaria el día 29 de julio, para que fuera “levantado”.

Al informar lo anterior, Flavino Ríos Alvarado, presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, dijo que la solicitud fue turnada a las comisiones unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Gobernación para que determinen si es conveniente turnar la solicitud a la Comisión  Instructora para que inicie el proceso.

 
Entrevistado en su oficina del Palacio Legislativo, lamentó que se trate de una dama y una servidora pública priísta, pero en ese caso en particular no es cuestión de partidos políticos, colores, de equidad ni de género.

“En Veracruz se vive un régimen de derecho y todo mundo debe hacer sus actos con estricto apego a la legalidad y que no habrá impunidad. Simplemente si alguien comete un delito o es presunto responsable de un delito hay que castigarlo”.
En caso de que la Comisión Instructora inicie el procedimiento de desafuero en contra de la Alcaldesa, el proceso “lamentablemente es largo” y podría concretarse en un término de 45 días como mínimo y 60 días como máximo.

El proceso de desafuero no se puede acelerar, sobre todo, tomando en cuenta que el 31 de diciembre Sara Herrera Cano concluye su periodo constitucional; toda vez que los artículos 14 y 16 de la Constitución Política del país establecen el procedimiento legal que se debe cubrir.

“Ustedes han conocido casos donde por no haber seguido el procedimiento legal, en un juicio de amparo, aunque sea culpable, quedan libres; por eso hay que cumplir con todas las etapas del procedimiento, tiene que cumplirse con todo”.

Antes de separarla del cargo se le tendrá que conceder la garantía de audiencia para que presente los alegatos a su favor que considere pertinentes.

Al cuestionarle que si la Alcaldesa tendrá el tiempo suficiente para evadir la acción de la justicia, respondió:

“Eso ya no le corresponde al Congreso. Al Congreso le corresponde actuar con estricto apego a la legalidad, darle garantía de audiencia, que aleje lo que a su derecho convenga y en ese sentido, el Congreso del Estado, los días que le quedan, hará su trabajo y hará lo que estime conveniente apegado a la ley”.

Aunque a la Sexagésima Segunda Legislatura ya no le dará tiempo determinar sí hay lugar al desafuero de la Alcaldesa, pero dejará iniciado el proceso.

Cabe recordar que en agosto de este año desapareció Michel Martínez Corro, secretario particular de la Alcaldesa y cinco días después su cuerpo fue encontrado inhumado de forma clandestina en el predio de Lomas del Rosario del municipio de Alvarado.